En los fundamentos de la condena a Mónica Gurina y Leandro Sánchez, la jueza Marcela Leiva ataca la organización gremial de las y los trabajadores y castiga como delito funciones que son inherentes a la representación sindical. Sin pudor deja por escrito que se puede acusar y condenar sin pruebas, y que la gran ausente de estos años en Misiones es la independencia de poderes. El silencio de las instituciones ante el atropello cotidiano de las garantías constitucionales es atronador.
Los días 25 y 26 de noviembre Misiones se vio atravesada por el debate oral de una causa que nunca debió ingresar al fuero penal. El poder judicial instruyó, elevó a juicio y condenó a dos dirigentes sindicales: Mónica Gurina, Secretaria General de la CTA Autónoma Misiones y Leandro Sánchez, Secretario General Adjunto de esa Central y también Secretario General de la Unión de Trabajadores de la Educación de Misiones (UTEM).


La Justicia tipificó como delito una masiva protesta social que tuvo como protagonistas, entre mayo y junio del 2024, a docentes, policías, penitenciarios, médicos, enfermerxs, universitarixs, entre otros tantos que se fueron sumando a medida que crecía la visibilización mediática y política. Responsabilizaron penalmente a los dirigentes de la Central, a los que les endilgan haber direccionado e inducido a los miles y miles de trabajadores que protestaron en toda la provincia.
Condenaron a Mónica Gurina y a Leandro Sánchez a 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso más costas, respectivamente. Se les impusieron reglas de conducta: “constituir domicilio dentro del radio del juzgado, la de no cometer nuevos delitos y realizar tareas comunitarias no remuneradas a favor del Estado o instituciones de bien público…”
El Equipo de Defensa integrado por lxs abogados Eduardo Paredes, Roxana Rivas y María Laura Alvarenga remarcó que esta condena ya estaba escrita desde antes del inicio del debate y adelantó que se apelará en todas las instancias, de ser necesario hasta en tribunales internacionales.
En principio deberá ser el Superior Tribunal de Justicia de Misiones que responda a la apelación. Una de las integrantes, la ministra Cristina Leiva, es casualmente la hermana de la jueza Marcela Leiva.
“Este es un precedente que no se puede convalidar”– remarcaron.
El Misionerazo se vio en cadena nacional
Los medios nacionales llamaron a esas jornadas “misionerazo”. Durante varias semanas transmitieron desde las calles de Posadas, más específicamente desde la Avenida Uruguay. Les llamaba la atención las escenas de policías y penitenciarios acampando frente al Comando Radioeléctrico de Posadas, los capellanes que oficiaban misa montados sobre camionetas policiales, los fogones y peñas en la avenida con maestras y policías bailando.


El rating del misionerazo era notorio. Los corresponsales que venían a cubrir el día se iban quedando, y ya eran habitués de los acampes. Los sectores en lucha bregaban por llegar a Posadas porque allí estaban las cámaras de televisión, desde allí transmitían en vivo programas centrales, allí estaban corresponsables hasta de medios internacionales.
Fueron semanas de paros provinciales, asambleas en las escuelas, sobre o a la vera de las rutas, en rotondas de ingresos a las localidades, marchas, escraches, conversatorios, radios abiertas. Misiones se mostraba como un polvorín a punto de estallar.
Por el corte de la Avenida Uruguay pasaban productores yerbateros, trabajadores de las universidades, estudiantes, trabajadores judiciales, empleados de comercio, despedidos de organismos como INAFCI –Instituto Nacional de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, del programa ENIA-, responsables de comedores y merenderos, trabajadores de la cultura, tareferxs, hasta técnicos del multimedios provincial que se animaron a fotografiarse en la protesta.


Llegaron también dirigentes nacionales de diversas corrientes, desde sindicalistas vinculados al sector docente hasta referentes de las centrales cuyos gremios de base estaban en las protestas. La provincia estaba en la calle y también estaba en los medios nacionales.
“La lucha es provincial” decían algunos carteles. “La lucha es contra Rovira y contra Milei” aclaraban otros. En la avenida Uruguay la polarización también era una constante.
La madrugada del 29 de mayo la calle comenzó a despejarse. Las fuerzas de seguridad en protesta firmaron un Acta Acuerdo con un incremento de apenas $ 15.521 al básico. El gobierno se comprometía a retrotraer todas las medidas disciplinarias administrativas, las que incluían pase a disponibilidad, sumarios y borrar cualquier antecedente negativo que se haya generado durante las medidas de fuerza.
El acuerdo fue incumplido unos meses después. En septiembre, siete referentes de la protesta fueron exhonerados y detenidos de manera arbitraria, violentando garantías constitucionales, derechos laborales y alimentarios básicos.
En el caso de lxs trabajadores de la Educación el acuerdo fue sustancialmente diferente. Ingresaron a la protesta con un sueldo de $ 250 mil para el cargo testigo de maestrx de grado y se levantaron las medidas de fuerza tras un acuerdo que llevó ese salario inicial a $ 450 mil, un incremento casi del 80 por ciento. El gobierno también se comprometió a no impulsar medidas disciplinarias ni sanciones.
“La lucha sirve” – se dijo en ese momento.
La representación sindical juzgada y condenada como delito penal
La jueza Correccional y de Menores Marcela Leiva lleva décadas siendo denunciada públicamente por condenar inocentes. El caso más relevante y más trágico por su desenlace fue el de Cristina Vázquez, Cecilia Rojas, y Ricardo Jara.
La Corte Suprema de la Nación intervino dos veces en ese expediente, hasta que en diciembre del 2019 absolvió a lxs acusadxs y ordenó la inmediata libertad de Vázquez y Rojas. Un 28 de diciembre, tras casi 12 años, Cristina Vázquez fue liberada del penal de mujeres de Posadas y Cecilia Rojas, tras 14 años de detención, desde el penal de Ezeiza. Ricardo Jara sin embargo debió esperar 9 meses más hasta que finalmente, después de una huelga de hambre, el Tribunal Superior de Misiones debió ordenar su liberación.

Leiva, es cierto, no fue la única funcionaria judicial que intervino en esta causa. Como también es cierto no es la única causa en la que se la cuestiona por condenas arbitrarias, ilegales, sin pruebas. Ninguno de los jueces ni fiscales fue investigado por los años que mantuvieron presxs a Cristina, Cecilia y Ricardo. Tampoco se investigó la responsabilidad del Superior Tribunal de Justicia que confirmó dos veces la sentencia.
Cristina solo sobrevivió en libertad 8 meses. Su muerte se cuenta como un suicidio, el Estado fingió demencia ante la responsabilidad que le cabe por los efectos de la prisionización y tantos años de atropello.
De la cotidiana criminalización de la pobreza a la criminalización de la protesta
Al historial de la jueza Leiva, integrante de la Comisión Directiva de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina, se suma ahora este precedente – en primera instancia – la condena a dos dirigentes sindicales de reconocida trayectoria y cuya representación es reconocida por los funcionarios del gobierno provincial con quienes se sientan en mesas de diálogo, firman acuerdos, o discuten en el Ministerio de Trabajo.
Leiva interpretó en su sentencia la función sindical como un delito y responsabilizó a Gurina y Sánchez penalmente por las protestas de esos días. “Este cuadro fáctico se ve robustecido por la documental aportada por la defensa, consistente en diversas notas y comunicaciones oficiales remitidas durante los meses previos a organismos provinciales y nacionales en el contexto del conflicto docente. En todas ellas, Mónica Gurina suscribe en carácter de Secretaria General de la CTA Autónoma Misiones, mientras que Leandro Javier Sánchez firma como Secretario General de UTEM, comunicando medidas de fuerza, paros sin asistencia, asambleas y reclamos sectoriales” – se puede leer en la página 43 de la sentencia.
La jueza, hermana de la Ministra del Superior Tribunal de Justicia Cristina Leiva, condenó a lxs maestrxs de grado que formaron parte de una protesta que visibilizó salarios de hambre, infraestructura escolar decadente y comedores escolares desfinanciados.
Lxs docentes, sobre todo los que tenían un solo cargo, estaban pasando hambre al igual que sus alumnxs, situación que expusieron tanto imputadxs y testigos. Pero ella no reparó en eso. Siguió mirando el corte de la avenida y especulando, al igual que la fiscal, en los posibles daños que sufrieron comerciantes y en la desobediencia a un orden que nunca les fue notificada a los hoy condenados.
Siguió leyendo como delito el derecho constitucional a la protesta. “Se ha determinado, con base en la valoración del material probatorio (actas policiales, testimonios y documentación), que los imputados, en su calidad de líderes y voceros del colectivo docente, tenían pleno conocimiento de la orden judicial vigente. A pesar de esto, impulsaron el bloqueo de la vía pública durante los días 1, 2, 3 y 4 de junio 46 de 2024 (hasta las 22:10 horas), configurando así un acto deliberado de desobediencia a la autoridad judicial y un entorpecimiento doloso del transporte terrestre”.
En el fallo reconoce y así lo deja por escrito, que condenan en base a especulaciones, apreciaciones subjetivas, fotografías de días, horas y lugares que no corresponden al hecho investigado. Coincide con los planteos de la fiscal María Laura Álvarez, pareja del juez de Violencia Familiar N° 1 Alfredo César Olmo Herrera, cuya actuación fue también denunciada como arbitraria y muy alejada del derecho.
Ambas toman de manera maliciosa funciones y categorías como “referentes, voceros, interlocutores” y los valora como agravantes y como prueba del direccionamiento o la incitación que tenían ambos dirigentes sindicales sobre los manifestantes.
Todos los testigos reconocieron que las decisiones se tomaban en asambleas, que la protesta era evidentemente colectiva, a pesar de eso los condenan. Tampoco se acreditó que Mónica y Leandro hayan sido notificados personalmente de la orden judicial que se supone desobedecieron. No estaban en el corte en el momento de la notificación, pero eso no impidió la condena.
En las 87 páginas de la sentencia pueden encontrarse múltiples muestras de la selectividad, la arbitrariedad y la liviandad con la que se tramitó esta causa. “La condena ya estaba escrita desde el momento mismo en que se elevó a juicio” – reiteraron desde la defensa.
La criminalización y disciplinamiento de los que luchan
El Frente Renovador de la Concordia que gobierna la provincia desde hace 25 años se tomó un respiro tras la finalización de las protestas, esperó que los corresponsales de los medios nacionales e internacionales volvieran a sus lugares, que Misiones desapareciera de las agendas y arremetió contra los referentes de las protestas.
Primero fue por los policías. El 20 de septiembre, en un video grabado en la Sala de Situación de Casa de Gobierno, las máximas autoridades de los tres poderes del Estado, Hugo Passalacqua gobernador; Oscar Herrera Ahuad, Presidente de la Cámara de Representantes; Rosanna Venchiarutti, Presidenta del Superior Tribunal de Justicia junto al Ministro de Gobierno Marcelo Pérez y los jefes de la policía Sandro Martínez y del Servicio Penitenciario Valeria Mereles informaron la exoneración y detención de ocho efectivos – siete activos y un retirado- acusados por sedición y conspiración.

Mediante el decreto 2084/24 , pasándose instancias administrativas, exoneraron al oficial ayudante Diego Hernán Correa; el oficial ayudante Horacio Ezequiel Coutto; el suboficial ayudante Iván Ezequiel Arrieta; el sargento Ramón Alejandro Arrieta; el sargento Lisandro Ramón Canteros; el sargento Joaquín Alejandro Orrego; el cabo primero Adolfo Basilio Guirula; y el suboficial mayor (retirado) Ramón Oscar Amarilla. Antes del anuncio ya se había dispuesto su detención y tras unos días en la Comisaria 2da. de Posadas fueron trasladados a distintos penales donde denunciaron tratos degradantes.
El proceso por el que atravesaron fue una muestra de los alcances del disciplinamiento que estaba dispuesto a encarar la gestión renovadora. Se denunció que se violentaron derechos fundamentales.
Solo recuperaron la libertad tras las elecciones legislativas provinciales donde Ramón Amarilla fue electo diputado en junio de 2025. En promedio permanecieron más de 8 meses detenidos, en condiciones muy difíciles tanto dentro como fuera del penal. Sin ingresos las familias denunciaron que la violencia institucional afectaba derechos fundamentales como la alimentación, la salud y la educación de los hijos.
La campaña por la Absolución como la lucha continúa
Tras la condena, “la Campaña por la Absolución se fortalece, la lucha continúa”, remarcan desde la CTA A Misiones y desde los colectivos que impulsan y articulan acciones para exigir ahora que el Superior Tribunal de Justicia anule el fallo.



Durante el juicio llegaron a la provincia dirigentes nacionales de la CTA A y ATE, dirigentes de sindicatos docentes de varios puntos del país, diputadxs electxs del Frente de Izquierda y los Trabajadores -Unidad, dirigentes sindicales de la región que se sumaron a la masiva movilización que se convocó en la provincia. Hubo solidaridad de partidos políticos, universidades, centros de estudiantes, asambleas de madres y padres de escuelas, organismos de Derechos Humanos, entre otros tantos.
“La lucha es colectiva, la defensa también” – enuncian. El fallo no está firme y será apelado en todas las instancias necesarias.
“Esto no termina acá, la lucha continúa”– aseguró el Dr. Eduardo Paredes tras conocerse la sentencia.