Compartí esta nota:

¿Quién se queda con la plata de las y los jubilados?

La información recientemente divulgada por el gobierno provincial sobre los índices de movilidad jubilatoria confirmó lo que distintos espacios sindicales no oficialistas venimos denunciando desde hace tiempo: la administración provincial retuvo ilegalmente haberes jubilatorios al no aplicar los índices de movilidad que correspondían por ley.

Las autoridades dieron a conocer a organizaciones sindicales los índices mensuales de movilidad jubilatoria que debieron aplicarse hasta febrero de 2025. El cotejo de la información enviada por el Instituto de Previsión Social de Misiones (IPSM) no deja lugar a dudas: durante años, el gobierno provincial fijó los aumentos de forma arbitraria, en perjuicio directo de las y los jubilados de la provincia.

El ministro de Hacienda, Cr. Adolfo Safrán, anunció que se reajustarán los montos por movilidades adeudadas hasta febrero de 2025. Los reajustes, anunció el funcionario, oscilarán entre el 4 y el 44% de los haberes. Ese número evidencia la magnitud de los aumentos no pagados en los últimos años.

El análisis realizado por docentes jubiladas y jubilados en base a los índices publicados por el IPS muestra que sólo en su sector se retuvieron ilegalmente aumentos en distintos períodos: el 23,79% de febrero de 2024, el 36,40% de mayo de 2024, el 13,99% de junio de 2024 y el 10,67% de febrero de 2025.

La situación no es igual en todos los sectores, pero afecta a trabajadoras y trabajadores del Estado de distintos sectores cuyos aumentos en las jubilaciones se calculan en base a los índices de movilidad. En el caso del personal de Salud Pública, la CTA A Misiones revisó los índices publicados y encontró errores que perjudican directamente las liquidaciones de haberes jubilatorios del sector.

Índices erróneos: el reclamo de la CTA A Misiones

Los índices de movilidad jubilatoria se calculan mensualmente en base a la masa salarial de cada sector y los aumentos otorgados a quienes están en actividad. La regla es clara: si hubo aumento salarial, el índice de movilidad no puede ser cero.

Sin embargo, el Equipo de Capacitación y Formación Política de la CTA A Misiones detectó errores en enero y abril de 2024, y enero de 2025. El caso más llamativo: en abril de 2024, las y los trabajadores de salud recibieron un aumento del 17%, pero el índice de movilidad jubilatoria informado fue del 0%. Es decir, ese aumento no se trasladó a las y los jubilados de salud.

Frente a esto, la Central presentó reclamos formales ante la Dirección de Informática Previsional del IPS y ante el ministro Safrán, exigiendo la corrección de los índices y la rectificación de todas las liquidaciones ya realizadas. También se solicitó a la Dirección del Servicio Administrativo de Salud Pública que remita la información de las Declaraciones Juradas de Obra Social (DEJOS) de marzo de 2024 y diciembre de 2025, documentación que, según el IPSM, no habría sido entregada en tiempo y forma, y que es indispensable para calcular correctamente los índices del sector.

Basta del cepo a la movilidad jubilatoria

En respuesta al anuncio del ministro Safrán, organizaciones sindicales no oficialistas presentaron ante la Legislatura provincial un petitorio exigiendo la restitución de la movilidad previsional automática y el pago íntegro de la deuda acumulada por la no aplicación de los índices correspondientes. El reclamo central es claro: derogar el art. 10 de la Ley VII – N° 103, la norma que desde 2016 le pone un cepo a la movilidad jubilatoria automática en Misiones.

Las organizaciones firmantes denuncian que ese artículo subordina las actualizaciones de los haberes a acuerdos fiscales entre el gobierno provincial y la ANSES, una condición que califican de inconstitucional y confiscatoria. El haber jubilatorio es un derecho alimentario, no una variable de ajuste fiscal.

Por último, las organizaciones advirtieron que los montos adeudados están fuertemente desactualizados, licuados por la inflación de los últimos años, y exigieron que el pago de la deuda previsional sea ajustado al valor actual según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con carácter retroactivo. No alcanza con pagar lo que se debe: hay que pagarlo a lo que vale hoy.

Compartí esta nota:

ÚLTIMAS NOVEDADES